este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, DECLARA:
PRIMERO: Se declara de oficio LA PERENCION BREVE, en la presente demanda de Reconocimiento de Documento Privado, interpuesta por el ciudadano YENNDERSON JOSE GUILLEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 18.798.395, asistido por el abogado en ejercicio JORGE LUIS ABZUETA STURLA, titular de la cédula de identidad número V- 13.098.077, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 110.777, en contra del ciudadano JESUS ALBERTO SANCHEZ QUINTERO, titular de la cedula de identidad número V- 13.014.228, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.