Este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al ciudadano HERNÁN ENRIQUE RIVAS, identificado en autos, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, como autor voluntario y penalmente responsable del delito PORTE ILÍCITO DE ARMAS BLANCAS en perjuicio del orden público, conforme a los artículos 277 del Código Penal Venezolano; 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos; 17 y 18 de su Reglamento; SEGUNDO: Impone al ciudadanos HERNÁN ENRIQUE RIVAS, identificado en autos, la pena accesoria de Inhabilitación política durante el tiempo de la condena; y el Comiso de las armas blancas incautadas en autos, con destino al parque nacional a través de la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada (DARFA). Ofíciese lo pertinente; TERCERO: No se condena en costas procesales al acusado de autos, conforme al principio de gratuidad d.....