Este Tribunal homologo el convenimiento suscrito por ante éste Despacho, por la ciudadana BRIGGITH DEL VALLE ALARCON BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de las Cédula de Identidad N° V-23.442.940, domiciliada en el sector las Mercedes casa s/n, de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y civilmente hábil, en nombre y representación de su hijo (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cuatro (04) años de edad, con el padre del mismo, ciudadano MAURO DE JESUS VOLCANES CAMACHO, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.831.076, domiciliado en el sector las Mercedes casa s/n, de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida e igualmente capaz, quienes conciliaron en reglamentar la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS a favor su hijo.