El Tribunal dictó sentencia definitiva declarando: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE CANDELARIO GUERRERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.904.732, domiciliado en el sector Lomas del Curobal, La Jabonera, punto de referencia Guarapo de Caña, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida, asistido por la abogada GLADYS YADIRA AVILA BASTIDAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.432.488, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 183.504, en contra del ciudadano JOHANNY DARIO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.396.628, domiciliado en el sector La Jabonera, Parroquia Florencio Ramírez, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida, por ACCIÖN DE DESLINDE, quedando como línea divisoria, por el lado OESTE, dentro de los siguientes puntos: P9 N:1000686 E: 261539; P10 N.1000717 E:261502. As.....