Por antes expuesto se impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, la medida de prisión preventiva, prevista en el artículo 581 literal”a”, eiusdem; medida que deberá cumplir en el Instituto Nacional del Menor, Seccional Mérida.---------------------------------------------------
En razón de la condición de consumidor, invocada por el adolescente, de conformidad con lo previsto en el artículo 587 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda la práctica de una evaluación psiquiatrita, psicológica, física y social, por órgano del equipo multidisciplinario de la Sección de Adolescentes, cuyos resultados deberán ser remitidos a la Juez en funciones de juicio, antes de la audiencia oral.-------------
LA JUEZ PROVISORIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01
ABOG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABOG. ARLENIS LARA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y libró boleta de privación de libertad Nº___________ y .....