declara SIN LUGAR, la cuestión previa prevista en el ordinal 7° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ciudadana INGRID ISABEL RONDON...Por consiguiente, se hace saber a las partes que el acto de la contestación a la demanda tendrá lugar en el quinto día de Despacho siguiente al día de hoy, en horas de Despacho, de conformidad con el artículo 358 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil.