"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 31 de Julio de 2.008, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, intentado por Industrial del Mueble Técnimueble C.A., representada por el ciudadano Mouyad J. El Zelah El Zelah , como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, En consecuencia, se ordena el desglose de los folios 06 al 24 y en su lugar se deja copia certificada de los mismos, de conformidad con el artículo 111 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo.....