Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTERPUESTA por la ciudadana ANA LUISA NAVA DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.109.559, en contra de la entidad de trabajo PASTELITOS SAN MARTIN C.A., inscrita en el Registro Mercantil bajo el Nro. 17, Tomo A-31, representada legalmente por el ciudadano DIEGO RAMON GUILLEN MALDONADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.765.871, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo PASTELITOS SAN MARTIN C.A., antes identificada, a pagar por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales la cantidad de ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CIEN.....