Decisión
Por las razones de hecho y de derecho, precedentemente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara la extinción de la acción penal por prescripción de la acción penal en la causa presente, debido al transcurso de más de cinco años desde que el ciudadano FELIPE HUMBERTO PACHANO RIVERA (identificado antes), investigado de autos, cesó en sus funciones como Rector de la Universidad de Los Andes, cesación que ocurrió el día 09-09-2000, conforme al artículo 102 de la Ley entonces vigente Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público y 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Decreta el sobreseimiento de la causa a tenor de lo previsto en el artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, y la consiguiente terminación del procedimiento y la cesación de cualesquiera medi.....