Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de las partidas de nacimiento de los ciudadanos: MIGUEL ANGEL, IDES RAMONA, DIGNA MARINA, CLEMENTINA Y OMAIRA QUINTERO RANGEL, insertas por ante la Registro Civil de la Parroquia Mucuruba, Municipio Rangel, Estado Mérida y se establece que el nombre y el apellidos de la madre de los solicitantes es: MARIA ANA LUISA RANGEL. Quedan así rectificadas. A tales efectos, expídase por la secretaria de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes, a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en .....