Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación al convenimiento suscrito por la parte demandada en fecha 12 de Julio de 2013, anteriormente identificadas, ante este Tribunal. En consecuencia declara:el presente juicio de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por la ciudadana LOYDA DEL VALLE FRANCO RIVAS, venezolana, mayor edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-18.618.801, domiciliada en la Ciudad de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil, asistida en este acto por la abogada en ejercicio COROMOTO GÓMEZ DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-4.319.565 e inscrita en el IPSA bajo el N° 53.447, domiciliada en la Ciudad de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida e igua.....