El Tribunal homologo el convenimiento suscrito por los ciudadanos: WILLIAN JERSON FLOREZ COTE y YULEIDY DEL VALLE SANTIAGO RIVERA, venezolanos, mayores de edad, casado y soltera, comerciante y de oficios del hogar, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.664.363 y V-18.619.124 respectivamente, domiciliados él en avenida Guaicaipuro con calle Sucre, casa N° 1-33 y ella en el sector Mucuse, s/n ambos de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos Especiales a favor de su hijo(identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de nueve (09) años de edad.-