Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de resolución de contrato de venta con reserva de dominio, propuesta por las profesionales del derecho MARY MORA MORALES y SOLANYEL MORALES MORA, ceduladas con los Nros. 5.509.822 y 15.234.801, respectivamente, e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nros. 56.388 y 98.681, en su carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil ESCALANTE MOTORS C.A, contra el ciudadano JAIME ENRIQUE ABUABARA TORCANTES