declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada REBECA RAMIREZ MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.258.310, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.478, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana DIANA RAMIREZ MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.263.618, quien actúa en nombre y representación de su hija la ciudadana adolescente OMITIR NOMBRE, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de fecha 04 de Julio de 2013. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento que antecede se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida fecha cuatro (04) de julio de 2013. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.