En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los Ciudadanos: OSCAR LEONEL MONCADA DUARTE y ERNEDY ROSSANA MENDOZA CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, casados, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 4.161.755 y V- 7.742.484, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, asistidos por el abogado en ejercicio CRISTÓBAL LEONARDO CORDERO DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 13.966.642, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 117.820, domiciliado en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO MATRIMONIAL que fuera celebrado po.....