DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA;
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil vigente; la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento formulada y consecuencialmente Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ciudadanos: CARMEN LUISA CHACÍN NAVARRO y OBERLAIN TOUS NOVOA, Venezolana la primera y Colombiano el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V.- 12.818.364 y E.- 92277795 respectivamente, domiciliados la primera en el Sector Salado Medio, Jurisdicción de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida el segundo en Bogotá Colombia y civilmente.....