Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presentada por los ciudadanos MARÍA GRABIELA PEÑARANDA NUÑEZ Y ANTONY YESMIR IBARRA QUINTERO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Números V-18.796.969 y V- 20.849.741, domiciliados, la primera en La Aldea la Pueblita casa s/n, avenida Horacio Corredor de la Azulita, Municipio Andrés Bello del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo domiciliado en El Sector Agua Blanca calle 2 casa s/n, teléfonos 0426-0331637 y 0424-7375116, en su orden y civilmente hábiles, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio YDIS DEL CARMEN RAMÍREZ GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.082.101 e inscrita en el Instituto de Previsión Social .....