DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la comisión ordenada por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente N° 7045, se traslado y constituyó en la oficina del Banco Mercantil señalada por la abogada apoderada judicial de la parte demandante y se abstuvo de practicar la medida por haberlo solicitado la parte actora por falta disponibilidad en la cuenta del demandado. CONCLUSIÓN: La referida comisión permanece en el Juzgado para ser impulsada por las partes.