JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 09 de enero del año dos mil diecisiete.
206º y 157º
En el juicio seguido por la ciudadana LACRUZ DÁVILA MARÍA ERMINDA, contra PÉREZ OMAR OCTAVIO por COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS MATERIALES Y MORALES, la apoderada judicial del la parte demandada se opuso a las pruebas y en tal sentido y habiéndose ordenado el computo correspondiente a objeto de verificar si la oposición interpuesta fue hecha dentro del lapso legal, en tal sentido y visto el cómputo pormenorizado obrante al folio anterior del presente expediente, certificado por la Secretaria Titular de este Tribunal, se desprende que desde el día 15 de diciembre del año 2016 (inclusive) fecha en que fueron agregadas las pruebas promovidas por la parte demandante en la presente causa, hasta el día 20 de diciembre del año 2016 (inclusive) fecha en que la abogada MARIA V.....