Este Juzgado de Control N° 04, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: El Tribunal acuerda la Medida Privativa de Libertad a los ciudadanos: LUIS EMIRO BRACHO VALERO, cédula de identidad N° 11.216.930, de 36 años de edad, ocupación Agricultor, nacido en fecha 12-12-1968, residenciado en Guayabotes Loma de Piedra, casa de color verde, aproximadamente a 200 metros de la escuela Bolivariana, hijo de MARIA LUCIA VALERO (V) y de EURO RAMON BRACHO (V), y HERNANDEZ HUGO RAMON, cédula de identidad N° 9.399.715, de 41 años de edad, nacido en fecha 19-08-1964, ocupación Agricultor, residenciado en Guayabotes Loma de Piedra, aproximadamente a 50metros de la Escuela Bolivariana, casa de color rosado con verde, hijo de MARIA ELJANDRINA HERNANDEZ (v) y de JOSE ANTONIO MARQUEZ LOPEZ (F), por la presunta comisión del los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL y previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal Venezo.....