En virtud de todo lo antes expuesto, es forzoso para este Tribunal, como garante del fiel cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales y la correcta administración de justicia, hacer los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Acuerda la Libertad inmediata del ciudadano LEONARDO JAVIER ROJAS MAZZENETT venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.250.704. SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 383 del Código Orgánico Procesal penal, se acuerda Citar a LEONARDO JAVIER ROJAS MAZZENETT, quien deberá estar asistido de Abogado Defensor y al Fiscal del Ministerio Público, para el día 1° de Marzo de 2007 a las 9:30 a.m. a los fines de celebrar la audiencia prevista en el Artículo 384 del referido código. Notifíquese de la presente Decisión. Librese las Boletas y oficio correspondientes.