DISPOSITIVO
Por todo lo expuesto, este tribunal de conformidad con el artículo 570, 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los articulo 197,198, 313.9 del Código Orgánico Procesal Penal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Admite totalmente la acusación de conformidad con el artículo 578 letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas promovidas por la fiscalía del Ministerio Público y de la defensa de conformidad con los artículos 197, 198, 313 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se impone la medida cautelar no privativa de libertad en los términos antes descritos. Cuarto: Se ordena el enjuiciamiento para la adolescente antes identificada, por la presunta autoria por el presunto delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (INFANTICIDIO) previstos en el artículo 405 Y 406.3 del Código Penal, Cuarto: Se i.....