Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA. Así se decide.
La Juez,
Abg. Reina Rondón Graterol.
El Secretario,
Abg. Gabriel E. Peña B.