este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA DEL IMPUTADO CARLOS ALBERTO MENDOZA GELVES, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, así como la aplicación del procedimiento abreviado, en virtud de que el mismo fue aprehendido in fraganti, para el momento en que portaba en la pretina del pantalón que vestía un arma de fuego, de fabricación casera, tal y como se observa de la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-193, de fecha 08-03-07, e impone al imputado: CARLOS ALBERTO MENDOZA GELVES, de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, consistente en la presentación periódica cada quince (15) días ante este Tribunal, contenida dicha medida en el numeral 3 del articulo 256 del Cód.....