El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana CARMEN PÉREZ DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.157.700, domiciliada en el Sector Campo Lara-Palmarito, Parroquia Independencia, Jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida, quien actúa en nombre y representación del ciudadano CARLOS TICICIANO RAMIREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-2.760.258, con igual domicilio, sobre el lote de terreno, denominado "PUERTO ARTURO", ubicado en el Sector Campo Lara Vía Palmarito, Km 6, Municipio Tulio Febres Cordero del estado Bolivariano de Mérida, sobre un área aproximada de DIECISIETE HECTAREAS CON TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS (17 HA CON 3666 MTS2) excluyendo DIEZ HECTAREAS CON OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS (10 HA CON 862 MTS2), la cual está siendo ocupada por los sujetos pasivos c.....