Decisión: Por lo antes señalado, este Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 17, 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal, declara interrumpido el debate seguido al ciudadano acusado Ender Alexander Peña Torres, por no haberse reanudado a más tardar el undécimo día siguiente a la última suspensión, debido a la incomparecencia de los medios probatorios ofrecidos por el Ministerio Público, a la audiencia de juicio oral y público pautada para el día 30.03.2007, por lo que se procederá a fijar nuevamente el juicio por auto separado.
Notifíquese a las partes. Regístrese, diarícese y certifíquese por secretaría copia de esta resolución. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 04
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria
Abg. Yenny Díaz Briceño