Por los procedimientos ya expuestos, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 561 literal "d" 615 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del adolescente antes identificado; por el presunto delito de aborto procurado previstas en el articulo 430 del Código Penal. ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: A los fines de la notificación de la defensa, se observa que riela al folio (24) oficio No. 0248 de fecha 27 de febrero de 2007, donde se solicita el nombramiento de defensor a la investigada, no constando en autos las resulta de tal pedimento, en tal sentido, se acuerda oficiar a la fiscalia del Ministerio Público a los fines de que informa del caso y una vez consigna dicha información se procederá a notificar de la presente decisión al defensor, si es.....