PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de febrero de 2009, por el abogado FELIX RODOLFO SÁNCHEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano LUIS EFRAÍN MARTÍNEZ HERRERA, contra la decisión de fecha 24 de septiembre de 2008, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 24 de septiembre de 2008, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
TERCERO: Como consecuencia de las anteriores declaratorias, se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta en fecha 25 de septiembre de 2006, por el abogado FELIX RODOLFO SÁNCHEZ, en su condición de apoderado judicial del ciudadano LUIS EFRAÍN MARTÍNEZ HERRERA, contra el ciudadano JESÚS GERARDO ROJAS UZCÁTEGUI, por cobro de bolívares.....