Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada el Ciudadana: DENI RAUL DUGARTE DUGARTE.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil "UNITED MOTOR COMPAÑIA ANONIMA, C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 19/10/2004, bajo el Nº 25, Tomo A-22, a pagar la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 2.216.814,60) por todos y cada uno de los conceptos ut supra cuantificados y discriminados que corresponden al trabajador....