Decisión
El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Declara con lugar la aprehensión en flagrancia del imputado EDGARDO ALÍ VALERO ZAMBRANO (identificado en autos) en relación al delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO; 2.- Impone al imputado de autos, las medida de coerción personal menos graves de: Presentación personal cada treinta (30) días ante el Tribunal; 3.- Ordena la aplicación del procedimiento ordinario en la presente causa, para lo cual se acuerda remitir el presente legajo al despacho fiscal de procedencia, una vez firme lo antes resuelto. La presente decisión fue notificada a las partes en la audiencia de calificación de flagrancia. El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los Artículos 2, 26 y 257 Constitucional; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 248, 250 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal; 277 del Código Penal. Cúmplase.