este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento por falta de pago y desalojo del inmueble objeto de contrato incoada por el ciudadano ABDON SANCHEZ NOGUERA, con el carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MOCOTIES C.A., en contra del ciudadano JOS EMELQUIADES RODRIGUEZ RAMIREZ, identificado suficientemente en autos, de conformidad literal a, artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se condena en pagarle al demandante las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de UN MILLON CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES ( Bs. 1.140.000,oo), por concepto de daños y perjuicios causados a su representada por la falta de pago de los cánones de arrendamientos vencidos y no pagados; SEGUNDO: La cantidad de SESEN.....