PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos MARIANA DEL VALLE CASTILLO BARRIOS y AIMAR JHONANGEL SALAS PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-32.086.918 y V-30.680.928, en su orden, domiciliados en paseo Manuel Eloy Calderón, casa 1-36 Campo de Oro parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor del niño ÁNGEL MATEO SALAS CASTILLO de ocho (08) meses de edad, F.N.:02/10/2024, pasaporte venezolano N° 196593490, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.