Por lo antes expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, la rectificación de la partida de nacimiento de la ciudadana: ADELAIDA MÁRQUEZ VERA, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, y se establece que el nombre de la madre de la solicitante es MARÍA ANTONIA VERA ALTUVE. Queda así rectificada.