ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del ciudadano GERVASIO CRUZ CONTRERAS, FABIAN ANTONIO NOBOA SALTOS Y AREMIAS DAVILA MUNOZ, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-8.016.575, V-4.699.274 y V-3.995.097 respectivamente con domicilio en la Clínica Inmaculada, S.A., Sector la Inmaculada calle Nº 8, entre avenidas 10 y 11, el Vigía Estado Mérida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. SEGUNDO se acuerda el cese de las med.....