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Decisiones del dia 09/08/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : LP01-P-2006-004084 N° Sentencia : Fecha: 09/08/2007
Procedimiento:
Condenatoria
Partes:
ENRRIQUE GARCIA CONTRERAS (ACUSADO) Y EL ORDEN PUBLICO.
Resumen:
de conformidad con el numeral 9 del articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. Establece el artículo 277 del Código Penal Vigente para el delito de Porte Ilícito de Arma (Blanca machete) pena de prisión de tres (3) a cinco (5) años, siendo su termino medio de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Código Penal igual a cuatro (4) años de prisión, aumentada en seis meses de prisión por aplicación de la agravante especifica establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, rebajada esta al limite inferior, esto es tres (3) años de conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Código Penal por cuanto no consta en las actuaciones que el mismo tenga antecedentes penales, menos la mitad de la pena de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, quedándole por tanto la pena a cumplir por este delito en Un año y seis meses de prisión. Por el delito de amenazas previsto y sancionado.....
Juez/Ponente:
Auxiliadora Arias de Caraballo
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
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N° Expediente : LP01-P-2007-001632 N° Sentencia : Fecha: 09/08/2007
Procedimiento:
Condenatoria
Partes:
OSCAR MANUEL UZCATEGUI (ACUSADO) BELKIS DE LA TORRE Y MARCOS JESUS RAMIREZ CERRADA.
Resumen:
Visto que el imputado ha admitido los hechos se procede a imponer la pena: Establece el articulo 471- A para el delito de invasión de inmuebles o bienhechurias pena de prisión de 5 a 10 años y multa de 50 U.T a 200 U.T. en este caso se observa que se encuentra plenamente demostrado un delito de acción publica perseguible de oficio y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, siendo el termino medio normalmente aplicable de conformidad con el artículo 37 del Código Penal igual a 7 años y 6 meses, rebajada ésta al limite inferior por cuanto el acusado de acuerdo a las actuaciones que conforman el expediente no registra antecedentes penales, motivo por el cual se hace merecedor de la rebaja de pena establecida en el artículo 74 ordinal 4° del Código Penal vigente, quedándole la pena en 5 años de prisión, menos dos tercios por la aplicación de la atenuante especifica establecida en el artículo 471-A del Código Sustantivo penal vigente, quedándole la pena con esta rebaja en .....
Juez/Ponente:
Auxiliadora Arias de Caraballo
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
arriba

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