, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 88 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, revoca las medidas de Protección y de Seguridad, impuestas a favor de la víctima ROSALBA DURAN VIELMA, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 12.356.089, domiciliada en el Sector San Rafael de Alcázar, vereda 1, casa N° 05, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, por la Sub comisaría Policial N° 13 de El Vigía, en fecha 16-06-2007, por cuanto la víctima y victimario se reconciliaron y actualmente conviven juntos, situación esta que hace no necesarias que se mantengan las mismas. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta de Proceso del Ministerio Público, para que continúe con el procedimiento y dicte el acto conclusivo que estime conveniente.
Regístrese, Publíquese y déjese copia.
LA JUEZ (T) DE CO.....