DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LILIANA CAROLINA CONTRERAS ARAQUE, ya identificada y la adolescente MICHELLE CAROLINA CONTRERAS ARAQUE, también identificada, contra la ciudadana PRUDENCIA RANGEL RANGEL, también identificada, por falsedad del documento autenticado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Rivas Dávila en funciones notariales, en fecha 18 de diciembre de 2003, bajo el Nº 1.073, Tomo XI de los libros respectivos, en cuanto respecta a la firma del otorgante vendedor, ciudadano CESAR ALBERTO CONTRERAS RANGEL, quien era mayor de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V ¿ 9.028.065, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida y en consecuencia DECLARA: PRIMERO: La falsedad de la firma que aparece estampada como del otorgante vendedor en el documento autenticado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Rivas Dávila en funciones notariales, en fecha 18 de diciembre de 2003, bajo el Nº 1.0.....