Decisión
Por las razones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Sustituir la medida de detención preventiva intramuros que actualmente cumple la ciudadana BELKYS BEATRIZ PIRELA RODRÍGUEZ, por: 1. La detención domiciliaria de la imputada de autos -sin apostamiento policial y con ronda policial- en la residencia de la imputada, ubicada en el Municipio Sucre, Lagunillas, Estado Mérida, urbanización La Hoyada de Los Azules, calle principal, segunda vereda, bajando a mano derecha, segunda casa, s/n, conforme al artículo 256.1 del Código Orgánico procesal Penal; y 2. Presentación personal ante el Tribunal cada quince (15) días, hasta la definitiva conclusión de la presente causa, conforme al artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se advierte a las partes, que una vez impuesta la presente decisión a la imputada, se librará la correspo.....