DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la medida de Mandamiento de Ejecución, ordenado por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente número 7668, representada por la ciudadana Felina Rivas Márquez, signada la comisión por este Juzgado bajo el N° 3107-2012, se traslado y constituyó en el inmueble señalado por la parte actora, declara: formal, solemne y ejecutivamente embargada la cantidad de Noventa Mil Novecientos Treinta y Ocho con Sesenta y Seis Céntimos (Bs. 90.938,66), sobre el bien inmueble que es propiedad de María Carolina Gonzalo Herrera que comprende el Cincuenta por Ciento 50% se declara de desposesión jurídica de conformidad con el artículo 536 del CPC. CONCLUSIÓN: Cumplido como ha sido la presente comisión, se devuelve la comisión al Juzgado de la Causa.