DECLARA INADMISIBLE la presente demanda, interpuesta por el ciudadano JESUS ENRRIQUE LOPEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.250.344, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 112.590, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROCIO MILAGROS DEL MAR RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.240.111, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, contra la ciudadana SOLFANNY CARCAMO RICO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-28.013.990, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y hábil; por ser improcedente su interposición con anticipación al agotamiento del procedimiento administrativo contemplado .....