DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano: RENE MIGUEL GUEVARA OCHOA, natural del Distrito Capital, nacido en fecha 21/10/1991, de 23 años de edad, titular de la cedula de identidad V-20.303.963, estado civil soltero, ocupación u oficio obrero, residenciado en: Residencias Valle Arriba, vereda Sevilla Dos, casa 2-13ª Guatire, estado Bolivariano de Miranda. Teléfono 0212-3417338-0426-3859113 (madre). SEGUNDO: Comparte la precalificación jurídica aportada por el Ministerio Público como los delitos de de los delitos de AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previstos y sancionados en el artículo 41 encabezamiento y primer aparte,.....