Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, el mismo se sigue en contra de la PERSONA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 1 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO, conforme a lo previsto en el artículo 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que ha operado la prescripción ordinaria para perseguir el delito y en virtud que se encuentra ajustada a derecho la solicitud planteada por la Fiscalía Sexta; del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía. Se deja expresa constancia que este Tribunal respetó los Derechos y Garantías Constitucionales, así como los tratados, acuerdos y con.....