Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 14 de julio de 2005, por el abogado ARMANDO JOSÉ COLINA ROJAS, en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora, ciudadano JOSÉ MAURO PLAZA AVENDAÑO, contra la sentencia interlocutoria del 11 del mismo mes y año, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido por el apelante contra los ciudadanos LEONARDO ELISEO ALLEVA SÁNCHEZ y JOSÉ FRANCISO PLAZA AVENDAÑO, por nulidad de venta, mediante la cual dicho Tribunal, con fundamento en las razones allí expuestas, declaró la nulidad del acto de absolución de posiciones juradas celebrado en fecha 30 de junio de 2005. Asimismo, ratificó la admisión de dicha prueba y, a los efectos de su evacuación, ordenó la citación, mediante boleta, de la parte demandada, fijando nuevamente oportunidad para que la parte actora, solicitante de la prueba, y los codemandados, absolvieran tal.....