1°o: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por los ciudadanos NURIS RAMONA ROA MÉNDEZ Y MIGUEL ANGEL MANRIQUE GAVIDIA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, casada la primera y soltero el segundo, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.354.956 y V- 9.474.937, respectivamente, domiciliada la primera en Caño Seco 3, sector Las Casitas, calle 13, casa N° 48, Parroquia Púlido Méndez, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y el segundo en Ejido, Parroquia Ignacio Fernández Peña, del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos en este acto por el abogado JESUS EDUARDO PINZÓN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.903.380, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 318.981, y civilme.....