DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida JOSÉ DANI JOSÉ GONZÁLEZ, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 19-09-1989, de 26 años de edad, estado casado, titular de la cédula de identidad N° V-22.657.707, de profesión u oficio agricultor, residenciado en: La vía zumbador, sector El Grey, carretera vía el Gredo, camino a San Cristóbal, casa s/n, cerca de la escuela del Zumbador, Municipio Jáuregui, La Grita del estado Táchira, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA CON LA AGRAVANTE DE HABERSE PERPETR.....