PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE DECRETO DE LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN EL PRESENTE PROCESO, POR INACTIVIDAD CITATORIA, hecha por la ciudadana LIGIA XIOMARA MARQUEZ DE GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° V- 10.241.460, presentada en fecha 29 de septiembre de 2025. ASÍ SE DECLARA.-
SEGUNDO: Se ordena notificar mediante boleta a la parte actora ciudadano AMANDO JESUS ARELLANO VENERO soltero venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-2.459.810, domiciliado en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, DIRECTOR GENERAL, de la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA CAMINO REAL, C.A." y a la demandada ciudadana LIGIA XIOMARA MARQUEZ DE GUILLEN, haciéndoles saber que una vez conste de autos su notificación, comenzará a correr el lapso legal de apelación en contra de la sentencia dictada.-