Es evidente, que las circunstancias y atributos descritos por la jurista Maria Gracia Morais, en la cita expuesta, no acompañan a la sentenciada, ni al caso en estudio; por tanto tomando en cuenta que ha cumplido dieciocho años de edad, IDENTIDAD OMITIDA debe trasladarse a un centro de reclusión para adultos, y siendo que en el estado Mérida solo existe uno, el Centro Penitenciario de la Región Andina, a este debe ser trasladada. Y así se decide y se ordena el traslado inmediato.----------------------------------------------------------------------------------------------------------