Se declaro PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta el 1° de octubre de 2004, por la parte demandante contra la sentencia interlocutoria de fecha 29 del mismo mes y año, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se declaro LA NULIDAD del auto de fecha 25 de agosto de 2004, dictado por el Tribunal de la causa, por el que ordenó la citación por carteles de la codemandada LEONARDA ESCALONA, así como la nulidad de las actuaciones posteriores a dicho auto y, en consecuencia, se decreto la reposición de la causa al estado en que se encontraba para la fecha en que se dictó el acto irrito, a los fines de que el a quo procede a su renovación, declarando la improcedencia de la solicitud de citación cartelaria de dicha codemandada, formulada, en diligencia del 24 de agosto de 2004, y ordene expedir nuevos recaudos a fin de que el Alguacil insista en su citación personal, previo agotamiento de todas las dili.....