.DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 3, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano JUAN JOSE CAICEDO JIMENEZ, a cumplir la pena de DOCE AÑOS (12) DE PRISION, mas las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal Venezolano, como autor y responsable de la comisión del delito de OCULTAMIENTO Y TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de El Estado Venezolano, pena esta que deberá cumplir en el lugar de reclusión y en las modalidades que a tales efectos señale el tribunal de Ejecución al cual se deberán remitirse las actuaciones una vez firme la presente decisión. Se acuerda que el ciudadano JUAN JOSE CAICEDO se mantenga privado de libertad, en su a.....