Por Decisión 051/09 se ACUERDA EMITIR LA ORDEN DE APREHENSION encontrada ajustada a derecho y por tanto procedente, por la Corte de Apelaciones del Estado Mérida, y que fuere solicitada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en contra del ciudadano RUBÉN DARÍO VIVAS RAMÍREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.539.212, residenciado en el Sector La Florida, Carretera Principal, Vía La Palmita, Casa S/N°, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de "¿ (Omissis)¿ INCENDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Código Penal Venezolano vigente en el Artículo 343 que establece una pena de presidio de cuatro a ocho años (ahora prisión) en concordancia con el artículo 354 que establece la Agravante, sin menos cabo del delito de Lesiones Intencionales en perjuicio del ciudadano DANY JOSÉ DURÁN¿ (Omissis)¿"; todo a los fines de la realización del Acto Formal de Imputación Fiscal.-